I. Suspensión de la prescripción desde que el procedimiento se dirige contra el delincuente. Suspensión de la prescripción en materia penal constituye una cuestión de hecho y no está sujeta a la realización de un acto formal del procedimiento. Querella, denuncia admitida a tramitación y apertura de oficio de una investigación, entre otras actuaciones, tienen la aptitud de suspender la prescripción. Excepción de prescripción respecto de la acción penal, rechazada. II. Aplicación del plazo de prescripción de cuatro años de la responsabilidad extracontractual. Transcurso del plazo de prescripción entre la comisión del delito y la interposición y notificación de la demanda civil. Excepción de prescripción respecto de la acción civil, acogida.

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *