Homicidio
I. Declaración espontánea del imputado. Reiteración de confesión luego de haberse leído los derechos al imputado. Excepción a la aplicación de la doctrina del fruto del árbol envenenado. Doctrina del vínculo atenuado. Insuficiencia probatoria para acreditar que imputado haya prestado declaración en un contexto o ambiente de tal modo hostil y represivo. Analfabetismo, adversa historia social y limitaciones cognitivas, no afectaron la comprensión de la actuación de la policía y del Ministerio Público. II. Determinación de la pena. Falta de acreditación de enajenación mental hace improcedente alegar atenuante del artículo 11 Nº 1 del Código Penal
Comentario de Lina Callejas Ramírez