Delito del artículo 97 Nº 4 inciso 2º del Código Tributario
Tribunal de casación no puede modificar los hechos establecidos por los jueces del fondo si no hay vulneración de las leyes reguladoras de la prueba.
Delito del artículo 97 Nº 4 inciso 2º del Código Tributario
Tribunal de casación no puede modificar los hechos establecidos por los jueces del fondo si no hay vulneración de las leyes reguladoras de la prueba.