Receptación
I. Investigación de los hechos que revistan carácter de delito está radicada en el Ministerio Público. Obligación de la policía de informar al Ministerio Público. Ministerio Público debe determinar las diligencias a realizar en cada caso. II. Entrada y registro de inmuebles. Corresponde al fiscal dar la orden de ingreso y registro voluntario, no a la policía. Evidencia de cargo obtenida con ocasión de la diligencia de entrada y registro al domicilio del acusado adolece de ilicitud. Actuaciones investigativas efectuadas al margen de la ley. Vulneración del derecho a una investigación racional y justa y del debido proceso

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