Comentario a la sentencia de la CIDH – Caso Velásquez Paiz y otros vs. Guatemala.
2016-01-JUR-SIN-02
Comentario a la sentencia de la CIDH – Caso Velásquez Paiz y otros vs. Guatemala.
Comentario a la sentencia de la CIDH – Caso Velásquez Paiz y otros vs. Guatemala.
Comentario a la sentencia de la CIDH – Caso Velásquez Paiz y otros vs. Guatemala.
Comentario a sentencia Quispialaya vs. Perú Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Comentario a sentencia Quispialaya vs. Perú Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Facultad privativa de los jueces del fondo para ponderar las modificatorias de responsabilidad. Atenuante de responsabilidad de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos. Colaboración debe ser determinante al esclarecimiento del hecho delictivo. Improcedencia del recurso de nulidad por la simple disconformidad con la valoración, fundamentación y resolución del tribunal.
Facultad privativa de los jueces del fondo para ponderar las modificatorias de responsabilidad. Atenuante de responsabilidad de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos. Colaboración debe ser determinante al esclarecimiento del hecho delictivo. Improcedencia del recurso de nulidad por la simple disconformidad con la valoración, fundamentación y resolución del tribunal.
Improcedencia de aplicar los artículos 65 a 69 del Código Penal en la determinación de la pena del porte ilegal de arma de fuego. Improcedencia de aplicar la regla sobre rebaja de la pena por la concurrencia de una atenuante muy calificada.
Improcedencia de aplicar los artículos 65 a 69 del Código Penal en la determinación de la pena del porte ilegal de arma de fuego. Improcedencia de aplicar la regla sobre rebaja de la pena por la concurrencia de una atenuante muy calificada.
Ley de Control de Armas no exige que las armas a que ella se refiere deban ser idóneas o aptas. Errónea interpretación del significado de expresión “arma” contenida en el artículo 3º de la ley Nº 17.798.
Ley de Control de Armas no exige que las armas a que ella se refiere deban ser idóneas o aptas. Errónea interpretación del significado de expresión “arma” contenida en el artículo 3º de la ley Nº 17.798.
Agravante de la Ley de Drogas de haberse cometido el delito en el interior de un recinto penitenciario. Procedencia de la agravante tanto respecto de quienes están voluntariamente en el recinto carcelario como de quienes están forzadamente en él.
Agravante de la Ley de Drogas de haberse cometido el delito en el interior de un recinto penitenciario. Procedencia de la agravante tanto respecto de quienes están voluntariamente en el recinto carcelario como de quienes están forzadamente en él.
Denegación de beneficio de libertad condicional. Improcedencia de exigir requisitos no establecidos por la ley. Ausencia de determinadas características de personalidad no impiden por sí solas la concesión de la libertad condicional. Vulneración de la libertad personal.
Denegación de beneficio de libertad condicional. Improcedencia de exigir requisitos no establecidos por la ley. Ausencia de determinadas características de personalidad no impiden por sí solas la concesión de la libertad condicional. Vulneración de la libertad personal.
I. Bien jurídico protegido es la salud pública. Ministerio Público debe acreditar la peligrosidad colectiva para la salud pública de la sustancia incautada. Necesidad de contar con el protocolo de análisis que indique la pureza de la droga. Ii. Voto disidente: pureza de la droga incautada no constituye una exigencia del tipo penal. Protocolo de análisis de la pureza de la droga permite al juez…
I. Bien jurídico protegido es la salud pública. Ministerio Público debe acreditar la peligrosidad colectiva para la salud pública de la sustancia incautada. Necesidad de contar con el protocolo de análisis que indique la pureza de la droga. Ii. Voto disidente: pureza de la droga incautada no constituye una exigencia del tipo penal. Protocolo de análisis de la pureza de la droga permite al juez tener un mejor conocimiento de las características de la droga incautada.
I. Derecho al debido proceso comprende la obligación de respetar los procedimientos fijados en la ley. Incorporación al procedimiento de resguardos tendentes a garantizar el respeto de los derechos del imputado. Ii. Colisión entre la protección de los testigos y el derecho de defensa. Procedencia de los testigos protegidos o con reserva de identidad. Declaración de los testigos protegidos que constituyen sólo uno de los…
I. Derecho al debido proceso comprende la obligación de respetar los procedimientos fijados en la ley. Incorporación al procedimiento de resguardos tendentes a garantizar el respeto de los derechos del imputado. Ii. Colisión entre la protección de los testigos y el derecho de defensa. Procedencia de los testigos protegidos o con reserva de identidad. Declaración de los testigos protegidos que constituyen sólo uno de los elementos de juicio.
I. Derecho al debido proceso. Aspectos que contempla el derecho al debido proceso. Ii. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Iii. Actuaciones de la policía sin orden previa. Improcedencia de la entrada y registro en lugar cerrado sin orden ni autorización cuando no existe indicio alguno de la comisión de un delito. Entrada y registro en…
I. Derecho al debido proceso. Aspectos que contempla el derecho al debido proceso. Ii. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Iii. Actuaciones de la policía sin orden previa. Improcedencia de la entrada y registro en lugar cerrado sin orden ni autorización cuando no existe indicio alguno de la comisión de un delito. Entrada y registro en lugar cerrado e incautación de evidencia realizada al margen de la ley. Extralimitación de la policía al registrar el interior de la casa habitación ubicada en el inmueble donde habían sido autorizados para ingresar. Vulneración del debido proceso y del derecho a la inviolabilidad del hogar.
Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Actuaciones de la policía sin orden previa. Procedencia que los funcionarios policiales circulen realizando su labor preventiva por las calles de la ciudad. Procedencia de la consulta a la Central de Comunicaciones respecto de la placa patente de un vehículo ubicado al interior de un inmueble y de la entrada…
Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Actuaciones de la policía sin orden previa. Procedencia que los funcionarios policiales circulen realizando su labor preventiva por las calles de la ciudad. Procedencia de la consulta a la Central de Comunicaciones respecto de la placa patente de un vehículo ubicado al interior de un inmueble y de la entrada y registro en lugar cerrado. Existencia de indicios de la comisión de un delito.