La ley penal entre la represión y la constitución de sexualidad de vuelta sobre Foucault
2017-03-DCP-0-02
La ley penal entre la represión y la constitución de sexualidad de vuelta sobre Foucault
La ley penal entre la represión y la constitución de sexualidad de vuelta sobre Foucault
La ley penal entre la represión y la constitución de sexualidad de vuelta sobre Foucault
Principio de confianza y responsabilidad penal por el producto
Principio de confianza y responsabilidad penal por el producto
La tradición que se ha impuesto en este esfuerzo editorial, publicar cada año los resultados de las Jornadas Chilenas de Derecho y Ciencias Penales, llena las páginas de este número con cuatro de las presentaciones realizadas el año pasado en la ciudad de Valdivia, donde la Universidad Austral organizó su XIII versión, en el mes de noviembre.
La tradición que se ha impuesto en este esfuerzo editorial, publicar cada año los resultados de las Jornadas Chilenas de Derecho y Ciencias Penales, llena las páginas de este número con cuatro de las presentaciones realizadas el año pasado en la ciudad de Valdivia, donde la Universidad Austral organizó su XIII versión, en el mes de noviembre.
Medida cautelar de prisión preventiva decretada de oficio por el juzgado de garantía. Prisión preventiva requiere formalización previa. Improcedencia que el juzgado de garantía decrete la prisión preventiva sin formalización previa y sin solicitud del ministerio público o del querellante. Vulneración de la libertad personal.
Medida cautelar de prisión preventiva decretada de oficio por el juzgado de garantía. Prisión preventiva requiere formalización previa.
Improcedencia que el juzgado de garantía decrete la prisión preventiva sin formalización previa y sin solicitud del ministerio público o del querellante. Vulneración de la libertad personal.
I. Principio de inmediación. Prueba debe producirse ante los jueces del fondo. Improcedencia de aplicar una excepción a la validez de la prueba rendida en la audiencia de juicio oral que no estaba vigente a la fecha del inicio del procedimiento. II. Agravio a la garantía al debido proceso debe ser real. Infracción producida debe ser sustancial, trascendente, de gravedad. Eventual yerro del tribunal que carece…
I. Principio de inmediación. Prueba debe producirse ante los jueces del fondo. Improcedencia de aplicar una excepción a la validez de la prueba rendida en la audiencia de juicio oral que no estaba vigente a la fecha del inicio del procedimiento.
II. Agravio a la garantía al debido proceso debe ser real. Infracción producida debe ser sustancial, trascendente, de gravedad. Eventual yerro del tribunal que carece de trascendencia y entidad para declarar la nulidad del juicio oral y la sentencia.
Denegación de beneficio de libertad condicional. Facultad de la comisión de libertad condicional para otorgar el beneficio en los casos previstos en el artículo 3º del D.L. Nº 321. Comisión de libertad condicional no puede desatender los antecedentes presentados por gendarmería y su decisión debe asentarse en éstos. Cumplimiento de los requisitos de procedencia de la libertad condicional. Vulneración de la libertad personal…
Denegación de beneficio de libertad condicional. Facultad de la comisión de libertad condicional para otorgar el beneficio en los casos previstos en el artículo 3º del D.L. Nº 321. Comisión de libertad condicional no puede desatender los antecedentes presentados por gendarmería y su decisión debe asentarse en éstos. Cumplimiento de los requisitos de procedencia de la libertad condicional. Vulneración de la libertad personal…