I. Consideración del contexto fáctico que rodea a la diligencia de control de identidad. Máximas de la experiencia enseñan que la utilización de un vehículo en la comisión de un delito se hace sin respetar las exigencias de la Ley de Tránsito. Existencia de indicios suficientes para la realización del control de identidad. Procedencia del registro del vehículo en virtud del control de identidad. Hallazgo de un arma de fuego. Ii. Voto disidente: existencia de un indicio único consistente en una infracción a la Ley de Tránsito no resulta suficiente para la realización del control de identidad. Vulneración del debido proceso.