Delito del artículo 97 Nº 4 inciso 1º del Código Tributario Prescripción debe continuar como si no se hubiere suspendido por la detención del pleito por el lapso de tres años. Cualquier detención del curso del procedimiento produce la ineficacia de la suspensión de la prescripción. Pasividad del tribunal por el lapso de tres años produce la ineficacia de la suspensión de la prescripción. Transcurso del plazo de prescripción de diez años de los crímenes.

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