El principio de oportunidad entregado al Ministerio Público no debe ser un óbice para la acusación particular del querellante. Comentario a la S.T.C. rol Nº 6718-2018-INA y análisis de sentencias previas
Andrea Rojas Acuña
- 2019-01-REC-0-01
- 2012-01-VAR-0-02