Homicidio
I. Improcedencia de señalar el derecho a ser asistido por un abogado y guardar silencio si sólo se realizaba un empadronamiento de testigos. Confesión espontánea. Luego de confesión no inducida se procede a la lectura de derechos de la imputada. Inexistencia de infracción al derecho a una justa y racional investigación. II. Información entregada por imputada al perito en examen médico. Suficiencia probatoria para acreditar la autoría del delito.

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *