Delito del Artículo 161 A del Código Penal
I. Grabación y divulgación de hechos de interés público. Grabación de conducta que transgrede la ética profesional. Grabación y divulgación de conversación en que se participa no vulnera el derecho a la intimidad. Legítimo ejercicio de la actividad periodística. II. Voto disidente: grabación y divulgación de conversación sin el consentimiento del afectado. Intromisión indebida a la privacidad

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