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2016-04-JUR-CSU-03

I. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Actuaciones de la policía sin orden previa. II. Exigencia de indicios en número plural para la realización del control de identidad. Hallazgo de una persona en el sitio indicado en una denuncia anónima, vistiendo de forma común y sin realizar conductas propias del tráfico de drogas no constituye un…

Jurisprudencia
Corte Suprema

I. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Actuaciones de la policía sin orden previa. II. Exigencia de indicios en número plural para la realización del control de identidad. Hallazgo de una persona en el sitio indicado en una denuncia anónima, vistiendo de forma común y sin realizar conductas propias del tráfico de drogas no constituye un indicio suficiente para la realización del control de identidad. Vulneración del debido proceso. Contaminación de toda la prueba derivada de aquella obtenida con vulneración de derechos fundamentales.

Jorge Ferdman

2016-04-JUR-CSU-02

I. Ante aparente venta inicial de drogas debe efectuarse la detención en hipótesis de flagrancia. Vigilancia de inmueble donde se habría efectuado la venta de drogas no “mantiene” la flagrancia. Actuaciones realizadas por la policía sin comunicarlas al fiscal y sin control jurisdiccional. Improcedencia de rendir en juicio la prueba obtenida ilícitamente. II. Voto disidente: entrada y registro de inmuebles. Constatación de delito flagrante de…

Jurisprudencia
Corte Suprema

I. Ante aparente venta inicial de drogas debe efectuarse la detención en hipótesis de flagrancia. Vigilancia de inmueble donde se habría efectuado la venta de drogas no “mantiene” la flagrancia. Actuaciones realizadas por la policía sin comunicarlas al fiscal y sin control jurisdiccional. Improcedencia de rendir en juicio la prueba obtenida ilícitamente. II. Voto disidente: entrada y registro de inmuebles. Constatación de delito flagrante de tráfico de drogas autoriza a la policía a actuar sin autorización judicial previa.

César Ramos Pérez

2016-04-JUR-CSU-01

I. Determinación de la pena. Plazo de prescripción de cinco años de la acción penal respecto de simples delitos. II. Falsificación de instrumento público constituye un delito instantáneo. Teoría de la alternación.

Jurisprudencia
Corte Suprema

I. Determinación de la pena. Plazo de prescripción de cinco años de la acción penal respecto de simples delitos. II. Falsificación de instrumento público constituye un delito instantáneo. Teoría de la alternación.

Germán Ovalle Madrid